Los “Dilemas sobre la cultura, la propiedad y el patrimonio” están expuestos en una página web de la Royal Holloway University of London, con la idea de socializar discusiones académicas y empíricas acerca de, por ejemplo, qué pasa cuando las culturas se encuentran bajo regímenes de propiedad, sean de registro de patrimonio o de propiedad intelectual, que pueden terminar viéndose como reclamos de posesión de propiedad.
Los materiales socializados están dentro del proyecto “Repensando la creatividad, el reconocimiento y el patrimonio indígena” (https://www.royalholloway.ac.uk/boliviamusicip/home.aspx), impulsado por el grupo Alta-PI (Alternativas a la Propiedad Intelectual) conformado por los músicos e intelectuales Michelle Bigenho, docente en Hampshire College; Henry Sotbart, profesor en la Royal Holloway de la Universidad de Londres; junto a Bernardo Rozo, Juan Carlos Cordero y otros intelectuales bolivianos y ejecutantes de música, líderes originarios, etc. 
En 2012 se reunieron en un taller en el que se pudo problematizar el tema. “Cuando hablamos de música y danza tendemos a tener una visión exótica, simplificada y cosificante de la cultura –dice el antropólogo Richard Mújica, especialmente de estas dos expresiones culturales. Pensamos que sólo es baile y música, y que no tiene un contenido más profundo. Desde la percepción de todos los participantes (del taller), se ha mostrado que la música y la danza forman parte de ese conjunto de elementos culturales, de la cosmovisión, de la práctica ritual, de la práctica productiva, no se puede interpretar la música ni la danza si no se hace referencia al contexto cultural que las cobija, que les da sentido”.
El sitio web expresa ese debate estructurado en cuatro temas: creatividad y motivación, creatividad y reconocimiento, circulación de aspectos culturales y el patrimonio cultural y el conocimiento. En cada uno de estos aspectos se ha generado preguntas clave para aplicar dentro de los equipos de trabajo y abordar de mejor manera la complejidad del tema. 
“En el eje ‘creatividad y motivación’ se ha visto que la creación musical para contextos indígenas no solamente está vinculada al raciocinio, a la creatividad de un individuo, sino que tiene relación con contextos sociales, porque es de un sentido más colectivo la creatividad musical, tiene una relación con el contexto medioambiental, ritual. Todos estos elementos complejizan la forma en la cual se van a trabajar las expresiones culturales, tanto para (considerarlas dentro de) la propiedad intelectual como del patrimonio”, explica Mújica.
Los investigadores exponen el hecho de que, desde un punto de vista racional, urbano y occidental de la creatividad musical, se tiende a pensar que un individuo se vuelve creador de una música y la propiedad intelectual apunta a proteger o a reconocer a ese individuo. Un cambio de esa forma de pensar, considerando que la música es una creación colectiva, plantea la pregunta acerca de qué se protege desde el punto de vista de la propiedad intelectual y si es posible aplicar un reconocimiento patrimonial en ese caso. A la vez, el reconocimiento de una expresión como patrimonio lleva a otro análisis: el Estado como otorgador de esa valoración. 
El grupo de discusión Alta-PI comparte esta serie de problemáticas, que incluyen estudios de caso, en torno a la producción cultural, la música y la danza creada en las poblaciones de manera colectiva. Se trata de pensar en todos los mundos creativos (artesanía, teatro, música) donde existe producción cultural en el marco de las normas de registro de patrimonio (Unesco) y de propiedad intelectual (Organización Mundial de Patrimonio Intelectual, Sobodaycom y otros). El estudio de esta realidad está planteado por el Grupo Alta-PI como una reflexión colectiva en la que la mayor parte de los actores pueda participar, en espacios de diálogo abiertos y con la posibilidad de sistematizar los resultados de la discusión.
Fuente: http://www.pieb.com.bo/sipieb_nota.php?idn=9759

Los intelectuales y activistas de 20 países abrieron el debate sobre la vigencia, los propósitos y las consecuencias de los derechos de autor y propiedad intelectual en el mundo. El II Taller Internacional sobre Derechos de Autor se realizó entre el 6 y 10 de diciembre en Trivandrum, estado de Kerala (India), donde el archivista e investigador Luis Oporto participó con la propuesta de derechos de autor colectivos.
El director de la Biblioteca y Archivo del Congreso Nacional explicó que los intelectuales y activistas congregados en el encuentro discutieron temas como la piratería, los derechos de autor individual y colectivo, y la socialización del conocimiento. En síntesis el problema de una transformación del régimen garantista del derecho de autor a convertir a una obra intelectual en simple mercancía.
Éxito
El taller partió por hacer un diagnóstico de la problemática en los 20 países representados, con base en la aplicación del convenio marco de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI). En este sentido se vio una tendencia general a ampliar el límite temporal de estos derechos. Por ejemplo en Bolivia las leyes de derechos de autor rigen hasta 50 años después de haber sido publicada una obra, pero en otros países se opta por 75 y hasta 100 años de vigencia de esa protección.
Oporto dice que esto trae consecuencias a todo nivel para una sociedad y su desarrollo, en términos de avance de la ciencia, tecnología, salud, apoyo a la educación, etcétera, pero por el momento ésa es la orientación. A pesar de esto, también existe una puerta abierta que ofrece la tecnología a través de la difusión, por el ciberespacio, de obras libres de derechos de autor, aunque esto sucede en casos excepcionales y por decisión propia del creador de la obra.
Los participantes del encuentro desmitificaron dos de los mitos que dan soporte al derecho de autor: primero que al ser de uso restringido (por factor económico u otro) genera un estímulo a la creación de más obras sobre un mismo tema, y segundo que es imprescindible para garantizar la competitividad de los creadores.
Sin embargo aquí existe un paréntesis. “Cuando hablamos de derechos de autor, uno se imagina que está resguardando al autor, pero los datos fríos muestran una mercantilización de estos derechos al ser adquiridos por consorcios transnacionales que, al final, tampoco benefician a los autores”, comentó Oporto.
No se cuestiona, por tanto, el “derecho moral” de un autor sobre su obra, sino ese derecho que se mide en dinero y en pago. El investigador recuerda que “la obra intelectual surge luego de un largo y muchas veces penoso proceso de elaboración en el que el autor insume tiempo, esfuerzo y recursos económicos. Aquí empieza el vía crucis, pues la búsqueda de un editor se puede convertir en un suplicio. En el mejor de los casos la obra impresa sufre una limitación notable, pues sólo llega a un reducido grupo de individuos que la puedan adquirir”.
La ponencia de Oporto en el encuentro versó en una primera aproximación al derecho de los pueblos indígenas a la propiedad intelectual colectiva de sus saberes, ciencias y conocimientos, así como a su valoración, uso, promoción y desarrollo.
Contacto:
Las conclusiones de este encuentro serán recogidas en la página web www.copysouth.org


[COMENTARIO:

Este tema es muy importante desde diversos puntos de vista. Por ello, lo trataremos en sucesivos artículos, por ahora solo daremos un breve comentario al respecto.

La propiedad intelectual entendida desde un sentido amplio, como se menciona en este artículo, implica varios aspectos. Su carácter individual o colectivo es uno de los fundamentales, pues muestra dos concepciones totalmente opuestas. Donde efectivamente, la protección de la propiedad intelectual individual, ha llegado a un extremo de mercantilización muy amplio (copy right).

Por el contrario, la "nueva" concepción de propiedad intelectual desde los pueblos indígenas y originarios subraya su carácter colectivo, basado principalmente en su derecho de consulta y autodeterminación. Mediante este reconocimiento se contempla los conocimientos, saberes, ciencias y otros, que implican diferentes tipos de manifestaciones culturales, que pertenecen a la comunidad y no solo a un individuo.

En Bolivia, nuestro país, este tema está entrando en discusión poco a poco, más aun desde la mirada de la recien aprobada y promulgada Constitución Politica del Estado; así como desde los nuevos movimientos a nivel Latino Americano, como el Copy South, que dan una alternativa a esta temática.]

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Fuente: PIEB

Fecha original de publicación: Jueves 22 de enero de 2009

Dirección: http://www.pieb.com.bo/nota.php?idn=3504


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